DERECHOS PREVALENTES Y JUEZ CONSTITUCIONAL
Resumen
En tiempos y lugares diferentes de Colombia, tres seres humanos, recién nacidos, fueron abandonados a la intemperie por quien los parió. Enteradas las autoridades del hecho, y con el fin de dar protección a los derechos fundamentales que les asisten, fueron entregados al I.C.B.F. Como mecanismo de protección de los prevalentes, este instituto, escogió un hogar sustituto y procedió a entregarlos; los nuevos padres, durante varios años, brindaron a los bebés, cariño, ternura, protección, cuidados especiales, recuperación físico - psíquica y formación integral. Intempestivamente “el dueño de los niños”, el Estado, solicita con carácter urgente a los padres sustitutos, la entrega de los infantes para su traslado a la ciudad capital, habida cuenta de la entrega en adopción. Se suscita tragedia familiar, niños, hermanos y padres desconcertados, dispuestos a accionar legal o ilegalmente, se niegan a entregar los pequeños al I.C.B.F. Mediante Apoderado recurren al Juez Constitucional, para efectos de lograr se les otorgue protección y en el tiempo los cuidados y la guarda de los menores, mejor no podría ser sino la adopción de los pequeños. Frente al Juez Constitucional, se reclama tutela o amparo eficaz de protección para los derechos prevalentes de los niños y la familia. Los Jueces Constitucionales de primera y segunda instancia niegan el amparo de los derechos prevalentes de los niños y solo la Corte Constitucional concreta justicia material en este caso, ordena tramitar la adopción. Es válida la sentencia de tutela de protección de derechos fundamentales prevalentes, para lograr la adopción de los desamparados cuyo padre y dueño llegó a ser el poderoso Estado.
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