Derecho a la reparación y lucha contra la impunidad ante graves violaciones a los derechos humanos

Jaime Alberto Gómez Montañez

Resumen


Los Estados contemporáneos han determinado blindar sus actuaciones para garantizar el ejercicio del derecho a la justicia, bajo una doble direccionalidad: por una parte, en la idea de soberanía y, por la otra, por las nuevas articulaciones de la agenda global internacional en la que asumen como funciones básicas la defensa de la legalidad y el control de las demandas de legitimidad, especialmente cuando se encuentra frente a crisis humanitarias derivadas de gobiernos de facto o de conflictos armados internos. Los Estados se auto-imponen obligaciones de garantizar la prevalencia del derecho de las víctimas a la reparación integral, la cual excede la visión meramente económica en tanto implica, como parte de este derecho, los de verdad, el acceso a la justicia y las garantías de no repetición.

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Referencias


Acosta López, J. I., & Bravo Rubio, D.(2008). El cumplimiento de los fines de reparación integral de las medidas ordenadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Énfasis en la experiencia colombiana. International Law Revista Colombiana de Derecho Internacional(13), 323-362. Obtenido de http://javeriana.edu.co/juridicas/pub_rev/documents/9AcostayBravo_000.pdf.

Bobbio, N. (1991). El tiempo de los derechos. Madrid, España: Editorial Sistema. Fundación Sistema. Obtenido de https://teoriadelaconstitucion. files.wordpress.com/2013/02/4-eltiempo-de-los-derechos-bobbio.pdf.

Caso Bámaca Velásquez Vs. Guatemala . (25 de noviembre de 2000). Corte Interamericana de Derechos Humanos. (Fondo). San José de Costa Rica, Costa Rica. Obtenido de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_70_esp.pdf.

Caso Barrios Altos Vs. Perú . (14 de marzo de 2001). Corte Interamericana de Derechos Humanos. (Fondo). San José de Costa Rica, Costa Rica. Obtenido de http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_75_esp.pdf.

CINEP. (Octubre de 2008). Marco conceptual. Banco de datos de derechos humanos y violencia política. Revista Noche y Niebla, Segunda. Bogotá D.C., Colombia. Obtenido de http://www.nocheyniebla.org/files/u1/comun/marcoteorico.pdf.

CINEP. (junio de 2012). Informe especial. Conflicto armado en Colombiadurante 2011. Programa por la paz. Bogotá D.C., Colombia. Obtenido de http://www.rebelion.org/docs/152325.pdf.

Giraldo, C. (2009). Desplazamiento en Colombia. En Varios, Desplazamiento forzado: ¿hasta cuándo un Estado de cosas inconstitucional? Bogotá D.C.: Ediciones Antropos Ltda.

Gómez Montañez, J. A. (2011). Derechos humanos y Estado social de derecho (Primera ed.). Cúcuta, Colombia: Universidad Libre Seccional Cúcuta.

Joinet, L. (2 de octubre de 1997). Organización de las Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión de Derechos Humanos. Subcomision de Prevencion de discriminaciones y protección de las minorías. Distr. General E/CN. 4/Sub. 2/1997/20/Rev.1. Nueva York, Estados Unidos. Obtenido de Http://www.derechos.org/nizkor/doc/joinete.html.

Ley 1448. (10 de junio de 2011). Congreso de la República. Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Bogotá D.C., Colombia. Obtenido de http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1448_2011.html.

López Martínez, M. (2007). Nuevas “paces” para la paz. Pamplona, Colombia: Universidad de Pamplona.

M’Causland Sánchez, M. C. (2008). Tipología y reparación del daño no patrimonial. Situación en Iberoamérica y en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Primera ed.). Bogotá D.C., Colombia: Universidad Externado de Colombia.

Medina Ardila, F. (2009). La responsabilidad internacional del Estado por actos de particulares: análisis jurisprudencial interamericano. En J. I. Acosta López, & Á. F.

Amaya- Villareal (Edits.), Debate interamericano (págs. 83-122). Bogotá D.C., Colombia: Ministerio de Relaciones Exteriores. Naciones Unidas. (23 de mayo de 1969). Comisión de Derecho Internacional. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados. Viena, Austria. Obtenido de http://www.wipo.int/export/sites/www/wipolex/es/glossary/vienna-convention-es.pdf.OEA/Ser/L/V/II.125.

(1 de agosto de 2006). Organización de los Estados Americanos. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Pronunciamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la aplicación y el alcance de la ley de justicia y paz en la república de Colombia. Washington D.C., Estados Unidos de América. Obtenido de http://www.cidh.org/pdf%20files/Pronunciamiento%20Ley%20 de%20Justicia%20y%20Paz.pdf.

Orentlicher, D. (8 de febrero de 2005). Naciones Unidas. Consejo Económico y Social. Comisión de Derechos Humanos. Promoción y protección de los derechos humanos. Impunidad. Informe de Diane Orentlicher, experta independiente encargada de actualizar el conjunto de principios para la lucha contra la impunidad. Adición. Conjunto de principios actualizado... Nueva York, Estados Unidos de América. Obtenido de http://www.idhc.org/ESP/documents/PpiosImpunidad.pdf.

Orozco Abad, I. (2009). Justicia transicional en tiempos del deber de memoria (Primera ed.). Bogotá D.C., Colombia: Editorial Temis, S.A.

Peces-Barba Martínez, G. (1991). Prólogo. En N. Bobbio , EL tiempo de los derechos (págs. 7-12). Madrid, España: Editorial Sistema. Fundación Sistema. Obtenido de https://teoriadelaconstitucion.files.wordpress. com/2013/02/4-el-tiempode-los-derechos-bobbio.pdf.

Quiroga Carrillo, J. (2004). Derecho internacional humanitario (Primera ed.). Bogotá D.C., Colombia: Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos. Resolución 60/147.

(21 de marzo de 2006). Naciones Unidas. Asamblea General. Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones. Nueva York, Estados Unidos de América. Obtenido de http://new.pensamientopenal.com.ar/sites/default/files/2011/08/35onu.pdf.

Salamanca Rangél, M., Ferrari Quine, C., & Veira Posada, E. (2010). Escenarios de negociación: la paz negociada como negación teóricay práctica de la guerra. En Varios, Más allá de la seguridad democrática. Agenda hacia nuevos horizontes. Bogotá D.C.: Pontificia Universidad Javeriana & Fundación Konrad Adenauer.

Sentencia C-191. (6 de mayo de 1998). Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz. Bogotá D.C., Colombia.

Sentencia C-370. (18 de mayo de 2006). Corte Constitucional. Sala Plena. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa y otros. Bogotá D.C., Colombia.

Tenorio Quintero, M. J. (2012). ¿Hacia una fragmentación del derecho internacional público? Revista Orbis, 12-27.

Torregrosa Jiménez, R. (julio-diciembre de 2011). Algunas reflexiones sobre la justicia transicional en Colombia desde el derecho de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.


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