La desproporcionalidad en el cobro de los honorarios profesionales del abogado como falta disciplinaria
Resumen
Con el presente trabajo se pretende dar una mirada a la forma como la jurisprudencia del Consejo Superior de la Judicatura Sala Disciplinaria aborda el tema de la falta disciplinaria considerada como "falta a la honradez del abogado" cuando el profesional del derecho realiza cobro "desproporcionado" de honorarios a su cliente o a un tercero con "aprovechamiento de la necesidad, ignorancia o inexperiencia de estos últimos", conductas que en otrora se encontraban tipificadas en el antiguo estatuto del abogado (Decreto 196 de 1971) y que en la actualidad se encuentran descritas en el numeral 1e del artículo 35 de la Ley 1123 de 2007 conocida en Colombia como el nuevo Estatuto del Abogado. Se hace un análisis de las conductas tipificadas como faltas a la honradez en el antiguo estatuto en comparación con el actual, para luego concentrarnos en la falta del Numeral 1Q del artículo 35 ibídem, indicando las posibles situaciones en que se puede incurrir en dicha falta, la forma como la jurisprudencia ha determinado los criterios para establecer cuando el togado ha cobrado de manera desproporcionada sus honorarios con aprovechamiento de la necesidad, ignorancia o inexperiencia de su cliente para luego manifestar nuestra posición crítica al considerar contraria al principio de legalidad la falta contenida en la norma citada por la indeterminación de los conceptos, luego se muestra lo que a nuestro juicio puede ser la mejor forma de solucionar el problema por parte del legislador, como también nuestra óptica de cómo afrontarlo en la actual vigencia de dicha normativa. Finalmente mostraremos unos aspectos que nos parecen importantes tomados de un trabajo académico realizado por la Doctora Natalia Tobon-Franco para el libro Marketing Jurídico publicado en el año 2008, aunque en dicho trabajo trata puntos de vista distintos a los nuestros nos parece interesante lo citado como punto de comparación.
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