ANÁLISIS DEL DESARROLLO DE LOS PROCESOS POR INTIMACIÓN O MONITORIOS EN COLOMBIA, URUGUAY Y ESPAÑA
Resumen
El procedimiento o proceso monitorio se encuentra actualmente establecido en países como Uruguay, España y Colombia, sin embargo su regulación presenta características diferentes, es así como puede ser de tipo puro, o documental. Además, también se establece para temas diferentes al cobro de deudas dinerarias, como es el caso de Uruguay. Asimismo, los requisitos para que este proceda, y su trámite se llevan a cabo manera diferente de acuerdo a la legislación de cada país; es decir, que en los distintos ordenamientos jurídicos este proceso ha sido adaptado de acuerdo a las necesidades.
Palabras clave: Monitorio, proceso, procedimiento, Código General del Proceso, Ley de Enjuiciamiento Civil.
Referencias
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LEGISLACIÓN COLOMBIANA
Ley 1564 de 2012.Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.
Decreto Nacional 1736 de 2012.Por el que se corrigen unos yerros en la Ley 1564 del 12 de julio de 2012.
Ley 57 de 1905. Sobre reformas judiciales.
Decreto 992 de 1930. Por el cual se reglamenta el artículo 15 de la Ley 57 de 1905 y se deroga el Decreto 515 de 1923
LEGISLACIÓN ESPAÑOLA
Ley 1 de 2000. Enjuiciamiento Civil.
Ley 13 de 2009. Reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial.
Ley 4 de 2011. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para facilitar la aplicación en España de los procesos europeos monitorio y de escasa cuantía.
Ley 37 de 2011. Medidas de agilización procesal
LEGISLACIÓN URUGUAYA
Ley 15.982 de 1988. Código General del Proceso Uruguayo.
Ley 19.090 de 2013. Modificaciones al Código General del Proceso.
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