ANÁLISIS DE LA APLICACIÓN DE LAS CLÁUSULAS EXORBITANTES EN LOS REGÍMENES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN ESTATAL – CASO LEY 142 DE 1994.

Edison Mauricio Castellanos Duarte, Sandra Patricia Santos Páez

Resumen


En la práctica colombiana de contratación de la administración pública se da aplicación a dos cánones de derecho –público y privado-, dependiendo de las regulaciones ofrecidas por la misma ley. Sin embargo, esta amalgama de directrices legales ha conllevado a que exista dispersión jurídica que trae como resultado cierta confusión en la aplicación de determinadas normas. Tal es el caso de la consignación o no de las cláusulas excepcionales o exorbitantes en el contrato estatal. Estas cláusulas forman parte de las herramientas en poder del estado colombiano para  verificar, corregir y sancionar a los contratistas que no cumplen con sus obligaciones. Como objeto de esta investigación será el escudriñar si dicha potestad de consignación en los contratos estatales se pueden incluir en los contratos del régimen privado, analizando el caso específico del régimen contractual de las empresas de servicios públicos domiciliarios. Como resultado, se pudo encontrar que la ley establece parámetros muy puntuales a la administración pública para que haga uso de estos instrumentos, siendo en el caso en concreto, y en ejercicio de la autonomía de la voluntad privada no es posible constituir este tipo de poderes, en contratos en los que la ley no ha impartido autorización expresa, o excluirlos en los que el legislador los ha previsto como obligatorios, so pena de declararse su nulidad absoluta cuando la ley no ha dispuesto ni previsto y menos autorizado su inclusión, por cuanto rompe el principio de igualdad entre las partes y la seguridad jurídica del negocio contractual.

 Palabras clave: Contrato, contratación estatal, cláusulas exorbitantes, regímenes de contratación, servicios públicos domiciliarios.


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Referencias


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