Análisis de la supervisión del contrato estatal: función de vigilancia y mecanismo anticorrupción
Resumen
Aunque pareciera de menor importancia el tema de la supervisión de los contratos suscritos por las entidades estatales, no puede ser tratada como un tema netamente formal porque es a partir de ella que se activan las prerrogativas de poder asignadas ala autoridad en consideración a que dicha figura es el eslabón que la conecta con el contratista durante la ejecución contractual; se parte de la hipótesis en virtud de la cual deben adoptarse oportunas medidas administrativas de carácter preventivo, correctivo, sancionatorio, e inclusive que permitan el actuar de organismos de control ante la ocurrencia de eventuales hechos que infrinjan disposiciones de tipo penal, disciplinario o fiscal. Es por ello que el sujeto designado para desarrollarla debe tener mínimas calidades en el conocimiento de la actividad contratada por llanas que resulten las obligaciones a cumplir, y más aún cuando concurren actividades de mayor complejidad y de aspectos variados, para lo cual se deberán conformar equipos plurales de supervisores, o de apoyo a la misma. Por ello la no designación del supervisor no es una omisión sin repercusiones, ya que dicho rol estará siempre asignado en quien representa legalmente a la entidad o a quien éste haya delegado la competencia contractual, sin que pueda alegarse como eximente de responsabilidad su falta de idoneidad frente al asunto funcional en el que se desarrolla el objeto contractual. A lo anterior debe considerarse el nuevo aditamento que a ella se le atribuye como mecanismo de lucha contra la corrupción, muy a pesar que no es en la etapa contractual donde se ciernen los mayores actos que la infectan de nocivas prácticas atentatorias de la moralidad administrativa; de ahí que toman relevancia los diferentes aspectos que la componen, esto es, características que la identifican y que la diferencian de la interventoría, mas allá de su denominación; las funciones legales a cumplir, el sujeto designado y su idoneidad, etc.
Enlaces refback
- No hay ningún enlace refback.